Maestría en Ciencia e Ingeniería de la Computación

Requisitos de permanencia

La permanencia de los alumnos en el plan de estudios estará basada en lo dispuesto en los artículos 10, 11, 22 y 23 del Reglamento General de Estudios de Posgrado, que establecen:

  • Artículo 10.
    "Si el alumno se inscribe dos veces en una misma actividad académica sin acreditarla, causará baja del plan de estudios en que se encuentre inscrito. En ningún caso se concederán exámenes extraordinarios. El alumno que se vea afectado por esta disposición podrá solicitar al comité académico la reconsideración de su baja en los términos y plazos que señalen los Lineamientos Generales para el Funcionamiento del Posgrado."

  • Artículo 11.
    "Los alumnos tienen derecho a:
    • Suspender sus estudios hasta por un plazo máximo de dos semestres sin afectar su situación académica. La solicitud de suspensión deberá presentarse con anterioridad al inicio del semestre lectivo o a más tardar al término del primer mes del semestre. En casos debidamente justificados, el comité académico podrá autorizar la suspensión 28 cuando la solicitud sea presentada fuera de los tiempos señalados, o bien podrá otorgar la suspensión por un plazo mayor. Se atenderán particularmente las especificidades de género, en especial los casos de embarazo de las alumnas;

    • Solicitar su reincorporación al plan de estudios cuando suspendan los estudios sin autorización; el comité académico determinará la procedencia y los términos de la reincorporación. En este caso el tiempo total de inscripción efectiva no podrá exceder los límites establecidos en el plan de estudios;

    • Solicitar autorización para realizar los exámenes o evaluaciones finales cuando por causas debidamente justificadas no hayan cumplido con este requisito. El comité académico estudiará el caso, y podrá establecer mecanismos alternos de evaluación, y

    • Plantear por escrito al coordinador o comité académico solicitudes de aclaración respecto a decisiones académicas que les afecten y recibir la respuesta por el mismo medio en un plazo máximo de treinta días hábiles."

  • Artículo 22.
    "De conformidad con lo establecido por los programas de posgrado, los alumnos podrán inscribirse a un plan de estudios de maestría para cursarlo en tiempo completo o tiempo parcial. Los alumnos deberán concluir sus estudios, incluyendo la graduación, en el plazo que el plan de estudios especifique, sin exceder de cuatro y seis semestres para alumnos de tiempo completo o parcial, respectivamente. El comité académico podrá otorgar un plazo adicional de dos semestres consecutivos para concluir los créditos y obtener el grado.

    Si los alumnos no obtienen el grado en los plazos establecidos en el párrafo anterior, el comité académico decidirá si procede la baja definitiva del plan de estudios. En casos excepcionales, el comité académico podrá autorizar una prórroga con el único fin de que los alumnos obtengan el grado."

  • Artículo 23.
    "Para permanecer inscrito en los estudios de maestría el alumno deberá realizar satisfactoriamente, en los plazos señalados, las actividades académicas del plan de estudios, así como las que le sean asignadas por su tutor o tutores principales, de acuerdo con lo señalado en el Capítulo V del RGEP, y contar con la evaluación semestral favorable de su tutor o tutores principales.

    El comité académico determinará las condiciones bajo las cuales un alumno puede continuar en la maestría cuando reciba una evaluación semestral desfavorable de su tutor o tutores principales. Si el alumno obtiene una segunda evaluación semestral desfavorable causará baja en el plan de estudios.

    El alumno que se vea afectado por esta disposición podrá solicitar al comité académico la reconsideración de la misma en los términos y plazos que señalen los Lineamientos Generales para el Funcionamiento del Posgrado."

Adicionalmente deberá:

  1. En el caso de los alumnos de tiempo completo, es un requisito de permanencia dedicar al menos 40 horas a la semana. El Comité Académico del Programa podrá autorizar que el estudiante imparta cursos universitarios, con un máximo de seis horas a la semana. Solo en casos excepcionales, el Comité Académico autorizará que un alumno dedique tiempo parcial al plan de estudios.

  2. Entregar la documentación requerida para su reinscripción, en los plazos establecidos.

  3. Constancia original que certifique conocimiento del idioma inglés a nivel de compresión de textos técnicos. El alumno deberá entregar un comprobante original que certifique este aspecto expedido por alguna entidad académica de la UNAM (CELE, o cualquier otro centro de idiomas de la UNAM o instituciones externas que cuenten con convenio con el CELE de la UNAM para dicho fin), a más tardar durante el segundo semestre de la maestría. El Comité Académico determinará la calificación mínima requerida para cada tipo de examen.

  4. En caso de no haber entregado el título de licenciatura en la inscripción al primer semestre, el alumno deberá presentarlo a más tardar cuando concluya oficialmente el tercer semestre. El documento será indispensable para la inscripción al cuarto.